“Se denomina peaje al pago que se efectúa como
derecho para poder circular por un camino. En la antigüedad, se llamaba
portazgo a la suma que debía pagarse para cruzar cierto límite (puerta) entre
dos zonas territoriales o por cruzar un puente.”
Cuando hablamos de transitar por
las rutas de la vida deberemos tener en cuenta que toda incursión de cualquier
tipo en nuevos territorios que nunca antes recorrimos implica el pago de
“derecho de piso” circunstancia por todos conocida y aceptada cuando nos
embarcamos en una nueva actividad.
Pues bien, aquí se aplica
claramente el dicho de “el desconocimiento de la ley no nos exime de sus
efectos” pues aunque pretendamos “entrar por la ventana” o como se suele
decir vulgarmente “hacer un dibling” (Acción hábil que
permite escapar de una dificultad manteniendo el control de la situación. ) la crudeza de los hechos nos pondrá por delante el hecho irreversible de
que no hemos dado un fiel cumplimiento a lo que la sociedad en su conjunto nos
exige.
Para quienes ya transitamos por lo
que podemos definir “la octava década” sabemos por experiencia propia de la
existencia de este peaje y lo hemos abonado en varias oportunidades, al
hacerlo, “pagar nuestro peaje” nos da la doble satisfacción de no solamente
“estar habilitados” para transitar por nuevos caminos sino, además, y
estimo que es lo verdaderamente importante , la satisfacción de sentirnos
poseedores de un derecho, el de “continuar transitando” por caminos por los
cuales sólo puedan recorrerlos aquellos que hemos podido observar cómo estas
barreras , las del peaje de la octava década, de levantan raudamente dejándolos
el libre paso hacia delante, siempre hacia delante, quizás hasta que veamos
delante nuestro el próximo peaje.
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