En el concepto de vida podemos entonces incluir a diferentes
reinos como el vegetal, el animal, el de hongos, y el de bacterias.
En el caso del ser humano (perteneciente al reino animal),
la discusión sobre qué es la vida y cuál es su importancia se vuelve más
compleja al ser este el único ser vivo que puede reflexionar sobre fenómenos
abstractos e incomprensibles.
Podríamos decir que la importancia de la vida reside en el
don que uno recibe al nacer y que se transforma en aquello que nos permite, en
definitiva, existir. La vida es sumamente importante porque, de otra manera
entonces, no podríamos existir. Así, entra en cuestión la idea de cómo cuidar y
proteger esa vida es importante. Queda en claro que si no tuviéramos vida no
existiríamos, por lo tanto todo lo que hagamos y realicemos para cuidarla será
importante.
En este sentido, la vida es importante porque nos permite crecer, desarrollar vínculos con otros seres vivos, aprender, conocer el mundo y un sinfín de actividades que ya van más allá de las meras funciones biológicas. Actos de agresión, violencia, o situaciones en las que se da la ausencia de salud, de abrigo y de una buena nutrición son todos elementos que no toman en cuenta la importancia de la vida y por tanto la ponen en peligro. Algunos de ellos pueden ser involuntarios e inconscientes, otros pueden ser planeados y bien conscientes.
La complejidad de las sociedades actuales hace que muchas veces olvidemos esta noción de cuán importante es la vida y la pongamos en peligro de diversas maneras, restándole gravedad a actos que pueden directamente dañarla o interrumpirla.
El derecho a la vida es uno de los Derechos Humanos Universales recogido y aceptado en todas las Constituciones Políticas y demás normas legales de los diferentes países del mundo, así como en los Instrumentos Internacionales que libre y voluntariamente algunos países han integrado a sus respectivas legislaciones.
En este sentido, la vida es importante porque nos permite crecer, desarrollar vínculos con otros seres vivos, aprender, conocer el mundo y un sinfín de actividades que ya van más allá de las meras funciones biológicas. Actos de agresión, violencia, o situaciones en las que se da la ausencia de salud, de abrigo y de una buena nutrición son todos elementos que no toman en cuenta la importancia de la vida y por tanto la ponen en peligro. Algunos de ellos pueden ser involuntarios e inconscientes, otros pueden ser planeados y bien conscientes.
La complejidad de las sociedades actuales hace que muchas veces olvidemos esta noción de cuán importante es la vida y la pongamos en peligro de diversas maneras, restándole gravedad a actos que pueden directamente dañarla o interrumpirla.
El derecho a la vida es uno de los Derechos Humanos Universales recogido y aceptado en todas las Constituciones Políticas y demás normas legales de los diferentes países del mundo, así como en los Instrumentos Internacionales que libre y voluntariamente algunos países han integrado a sus respectivas legislaciones.
Como ejemplo podemos citar la Declaración
Universal de Derechos Humanos, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión
Europea, la Convención Americana de los Derechos Humanos, entre otros, que
garantizan el derecho a la vida, como un derecho fundamental autónomo.
El Derecho Internacional obliga a proteger la
vida humana, desde la concepción, es decir, tanto antes como después del
nacimiento.
Pues la evolución de la internacionalización de
los derechos humanos alcanza mayor fuerza día a día y aceptación a nivel
mundial.
Es justamente el Derecho Internacional uno de los
principales promotores de los derechos humanos y de la protección de los individuos.
El derecho a la vida constituye un valor supremo cuya titularidad corresponde a todos los individuos de la especie humana y cuya violación es de carácter irreversible, ya que desaparece el titular de dicho derecho.
El derecho a la vida constituye un valor supremo cuya titularidad corresponde a todos los individuos de la especie humana y cuya violación es de carácter irreversible, ya que desaparece el titular de dicho derecho.
Hugo W Arostegui
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