La rebeldía es la condición del individuo rebelde, siendo
esta última palabra etimológicamente derivada del vocablo latino “rebellis”,
compuesta por “re” que significa regresión,
y por “bellum” que se traduce como guerra. Por eso la actitud de rebeldía puede
definirse como volverse contra la autoridad establecida
en posición de querella o guerra.
Es una actitud que suele darse a nivel individual (contra
uno mismo) cuando alguien cambia su forma de ser o pensar, ante la
disconformidad de quien ha sido ante ese momento, o contra la naturaleza (por
ejemplo rebelarse contra una enfermedad,
lo que en general resulta infructuoso); o social, cuando una o más personas se
sienten en oposición a normas o valores impuestos jerárquicamente. Ejemplos:
“la población expresó su rebeldía manifestándose contra la
suba de impuestos”.
La rebeldía es una característica propia de la personalidad adolescente, en la búsqueda
de su propio lugar en el mundo, para lo cual cuestionan las imposiciones de
padres, maestros y otros adultos, y del sistema en general.
En Derecho la rebeldía es la situación procesal,
que sucede en el ámbito civil cuando el demandado no contesta la demanda,
o no comparece sin causa justificada, y el juicio, luego de declararse al
demandado rebelde por el Juez o Tribunal, prosigue hasta la sentencia sin
su intervención; y en el proceso penal, cuando el imputado no se pone a disposición de
la justicia cuando es requerido o se fuga si está en calidad de detenido o
preso. El sumario se instruye pero la etapa de plenario no se lleva a cabo pues
debe garantizarse el derecho de defensa.
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