La reflexión filosófica ha acompañado al hombre a lo largo
de su existencia, puesto que es el único ser que se cuestiona sobre sí mismo y
sobre el mundo que lo rodea. La historia de la filosofía, nos dice Nicol, se
desarrolló en tres temas centrales: primero, la metafísica, después la
epistemología y, finalmente, la antropología. Esto se debe a que primero se
preguntó el hombre sobre el ser,
luego sobre la forma en que se obtenía el conocimiento sobre ese ser y
posteriormente sobre el ser que conoce al ser,
es decir el hombre mismo.
De la comprensión que se tenga de la naturaleza humana
deriva el trato que debe dársele a todo ser que posea dicha naturaleza, a lo
que denominamos “dignidad”. Vocablo que deriva del latín dignitas,
que a su vez deriva
de dignus,
cuyo sentido implica una posición de prestigio o decoro, “que merece” y que
corresponde en su sentido griego a axios o
digno, valioso, apreciado, precioso, merecedor.
La dignidad es ser tratado como lo que se es.
La pregunta entonces, ya no solamente para poder comprender lo que somos en un
sentido metafísico, sino para poder dar un trato digno al ser humano, en un
sentido ético, es ¿cuál es la naturaleza o physis ontológica
del hombre? ¿Qué es el
hombre?
Así, sabiendo lo que el hombre es podremos
tratarle como tal, como merece, es decir tratarlo dignamente. La respuesta a
esta interrogante puede ser muy variada, dependiendo de la concepción desde la
que se formule, del ámbito cultural e incluso de las creencias personales de
cada individuo.
El hombre tiene una naturaleza distinta de la de los demás
seres: capaz de autogobernarse y además posee la cualidad de poder comprenderse
a sí mismo como un ser individual y, a la vez, como parte de una sociedad en la
que interactúa con sus semejantes. Aunque se identifica con sus iguales no se
comporta de manera idéntica a ellos, puesto que no solamente tiene un ser sino
que puede tener modos de ser,
como les llama Nicol.
La noción de dignidad humana es uno de los conceptos que en
el ámbito del derecho y la filosofía presentan mayores problemas para su
esclarecimiento y definición, en gran medida porque depende de la concepción
filosófica en la cual se fundamente la argumentación; por ello tal vez la
conceptualización de la dignidad más utilizada en la actualidad tiene un
carácter meramente instrumental, en la que se hace referencia a la dignidad
como el trato o respeto debido a las personas por su sola condición de seres
humanos, pero sin entrar a señalar las razones o por qué se le debe ese trato,
con lo que se deja a otros ámbitos de reflexión el indagar sobre la naturaleza
humana o las características de lo humano que sustentan la dignidad.
Incluso, una práctica actual en las reflexiones tanto en el
campo de los derechos humanos como en la bioética, con la finalidad de obviar o
evadir el problema de las distintas perspectivas, consiste no en definir ni
conceptualizar la dignidad, sino que dándola por supuesta se tratan de
identificar las conductas que la lesionan o dañan, lo que algunos identifican
como conceptualización de la dignidad por su contrario.
Desde nuestro punto de vista, una perspectiva de la dignidad
así, sin una determinación clara, sin vocación de valor absoluto o al menos
definido es sumamente peligrosa, pues deja al concepto vacío de contenido y
difícilmente defendible o sostenible ante los posibles ataques, e incluso hace
sumamente difícil la construcción de un marco institucional para tutelarla;
además de que permite el uso del concepto dignidad de manera ambigua, para
argumentar en defensa, por ejemplo, tanto de la legalización como de la
prohibición de determinadas situaciones que son objeto de profundo debate
social, como la eutanasia o el aborto, por lo que consideramos que sólo con un
concepto claro y preciso de dignidad es posible construir los medios para su
defensa y desarrollo en la convivencia social, pues en un aspecto tan relevante
no basta confiar en el sentido común o la intuición.
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