miércoles, 2 de mayo de 2018

Derecho Y Justicia


Siempre el Derecho tiene que ser un vehículo para que se puedan encauzar las aspiraciones sociales. De manera que si el Derecho, en este caso, se interpretara como un conjunto normativo que sirviera de muro de contención a la aspiración social a la paz, pues se volvería un obstáculo. 

En ese sentido, lo que hay es que interpretar las normas jurídicas de manera tal que se pueda asegurar el mandato constitucional conforme al cual la paz es un derecho y un deber de todos los colombianos. En ese contexto es que hay que entender las recomendaciones del doctor Bustos.

Igual hay que tener en cuenta que a la Constitución ya está incorporado el Marco Jurídico para la Paz, que no es solo norma legal, es constitucional y que tendrá que desarrollarse por ley estatutaria.

Dentro de estas conversaciones pueden pactarse mecanismos transitorios, como lo puede ser la misma justicia transicional, que no va a ser permanente. Y en ella el único mecanismo de pena para algunos delitos no es la privativa de la libertad, hay otras.


Finalmente, en esto también hay que tener en cuenta el carácter político de muchos delitos y su conexidad con delitos comunes. Estos últimos tienen diferente tratamiento según tengan relación o no con los delitos políticos.

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