Siempre el Derecho tiene que ser un vehículo para que se
puedan encauzar las aspiraciones sociales. De manera que si el Derecho, en este
caso, se interpretara como un conjunto normativo que sirviera de muro de
contención a la aspiración social a la paz, pues se volvería un obstáculo.
En
ese sentido, lo que hay es que interpretar las normas jurídicas de manera tal
que se pueda asegurar el mandato constitucional conforme al cual la paz es un
derecho y un deber de todos los colombianos. En ese contexto es que hay que
entender las recomendaciones del doctor Bustos.
Dentro de
estas conversaciones pueden pactarse mecanismos transitorios, como lo puede ser
la misma justicia transicional, que no va a ser permanente. Y en ella el único
mecanismo de pena para algunos delitos no es la privativa de la libertad, hay
otras.
Finalmente,
en esto también hay que tener en cuenta el carácter político de muchos delitos
y su conexidad con delitos comunes. Estos últimos tienen diferente tratamiento
según tengan relación o no con los delitos políticos.
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