lunes, 11 de marzo de 2019

Libertad De Expresión

La libertad de expresión es un derecho de carácter institucional porque supone un pilar de la democracia: es el derecho a que ningún Gobierno ni poder criminalice a sus ciudadanos por las expresiones manifestadas.

Es por tanto, la garantía de que la ciudadanía ejerce un contrapeso a los poderes establecidos. Se define, por tanto, como libertad frente a represión.


Sin embargo, ya sabemos que este derecho, en su origen, podría propugnar un indeseable individualismo, una libertad individual de obrar, que podría provocar situaciones de desigualdad ante un Estado neutral que respetaría la libertad de cada uno a decir y expresar lo que quiera, sin reparar en el tremendo daño que podría acarrear en colectivos oprimidos: las mujeres, los colectivos LGTBI, grupos étnicos minoritarios….


Sin duda alguna, el Estado debe intervenir ante situaciones discriminatorias y debe implementar, para ello, políticas de discriminación positiva, programas amplios de prevención de la desigualdad y, tratar en la medida de lo posible, de castigar las acciones que promuevan la violencia, el odio y la segregación de los colectivos más vulnerables. No se trata tanto de poner límites a la libertad de expresión o de suprimirla, como de tratar de reforzar la democracia.

Superado con creces el periodo de auge de la libertad individual, como motor revolucionario de la burguesía contra el clero y la nobleza, hoy en día la libertad de expresión ha de ser entendida como libertad pública, por la que todos los ciudadanos sean llamados a participar pluralmente de las cuestiones esenciales que atañen a la convivencia. 

Por eso, cuando un grupo de voces se apodere del espacio público, evitando que otros más débiles puedan participar, el Estado debe intervenir. Es lo que el jurista Owen Fiss denomina efecto silenciador; el efecto silenciador de la libertad de expresión se produce cuando un grupo de oprimidos se encuentra invisibilizado, reprimido y, por tanto, silenciado, gracias a la acción de un grupo poderoso que ocupa el espacio público. Para paliar el efecto silenciador, el Estado debe intervenir de alguna forma, pero con el fin de dotar de herramientas y medios a este grupo silenciado y, así, participe como una voz más del proceso democrático.

Por tanto, la solución para evitar la discriminación de los grupos silenciados o vulnerables, no pasa por limitar ni suprimir derechos fundamentales, sino por promover el proceso democrático: "el Estado debe proteger el interés de la ciudadanía en general por escuchar un debate completo y abierto sobre asuntos de importancia pública, en el que ninguna voz se vea silenciada"- Owen Fiss en La ironía de la libertad de expresión-.

El problema que tenemos a la hora de tratar de organizar iniciativas para proteger a estas personas, tradicionalmente oprimidas, es que se suele carecer de enfoques democráticos, resultando peor el remedio que la enfermedad.

Es obvio que cuando se alude a expresiones que no constituyan delito, se está refiriendo al delito previsto en el artículo 510 del Código Penal, a las conductas relacionadas con el denominado "discurso del odio". Se trata de comportamientos que incitan directamente a la violencia o a la discriminación, referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad. Las penas pueden llegar hasta cuatro años de prisión.

Fuera del ámbito penal, no deberá sancionarse otras conductas, pues de lo contrario, se estaría dotando al funcionario de turno de plenos poderes para considerar que una expresión es ofensiva y sancionarla. Esto es grave, pues todos estaríamos sujetos a una insoportable censura previa, ante nuestros propios comentarios y expresiones de ideas, que en una u otra ocasión podría ser ejercida a modo de multa.

La libertad de expresión, por mucho que a algunos les duela profundamente, consiste en proteger aquellas manifestaciones que cuestionen incluso el sistema democrático, las que nos remueven y nos animan a convencer a quien así se expresa de que está equivocado. Si en el debate faltan quienes nos ofenden y nos perturban, quienes se reprimen so pena de ser multados, entonces no habrá verdadero debate y no nos haremos visibles ante una sociedad que se halla necesitada de verdaderas ideas constructivas, para formar un mundo mejor.

Por eso, el sentido que hay que darle a este derecho fundamental, elevado a categoría de Derecho Humano, no es otro que el de la protección de aquellas ideas no acomodaticias con el relato imperante o políticamente correcto. Así, tratar de censurar las ideas contrarias a las nuestras, por muy repugnantes que aquellas sean, no contribuye en absoluto a la construcción de una más amplia y mejor democracia que la que tenemos, sino que, de lo contrario, la reduce mucho más. 

Creo que a estas alturas comprendemos el gravísimo daño cometido por el gobierno del PP, en relación con el ejercicio de las libertades públicas: nos han impuesto despiadadamente la mordaza bajo la bienintencionada y manida defensa de la seguridad ciudadana. Así mismo, estamos asistiendo a una inusitada y feroz persecución de ciudadanos inocentes que están siendo juzgados y condenados por expresar sus ideas en las redes sociales, con el pretexto de defendernos a todos contra un fantasma terrorista, años ha desaparecido, mediante la figura del delito de enaltecimiento terrorista.
Entrar en el debate de los límites de la libertad de expresión, defendiendo cada grupo político sus propios límites, empobrece el intercambio de ideas y el proceso democrático, dejando  la libre difusión de opiniones como un mero formalismo y adorno de nuestra Constitución.


No se trata, por tanto, de restar voces –por mucho que las ideas discriminatorias nos repugnen-, sino de sumar más democracia y participación para enriquecer el debate. Lo demás es derecho penal, que ya sabemos que ha de aplicarse como último ratio, siempre que otros mecanismos hayan fallado, como la prevención.

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